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martes, 23 de diciembre de 2014

Leyes. Año parlamentario 2014


Leyes. Año parlamentario 2014 
Paquete de Leyes de Defensa del Consumidor 

Tribunales del Consumidor. 
Creamos el Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo, Ley 26.993, que se rige por los principios de celeridad, inmediación, economía procesal, oralidad, gratuidad y protección para el consumidor o usuario, respetando el derecho de defensa y el debido proceso legal. Con este Sistema, estamos dando cumplimiento por primera vez al mandato del artículo 42 de la Constitución Nacional, que establece la necesidad de creación de un sistema eficaz de protección de derechos de consumidores y usuarios para la prevención y solución de conflictos.
Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo. 
La Nueva Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo, ley 26.991, refuerza el rol del Estado en el proceso de regulación de la formación de precios dentro de la cadena de valor, que incluye desde la producción hasta el consumo, ante uno de los principales desafíos de la economía moderna.
Esta ley, junto a otras reformas de orden estructural en materia económica que también han sido remitidas a consideración de este Congreso de la Nación, conduce a garantizar el funcionamiento transparente del mercado de bienes y servicios, a través de un marco regulatorio para las relaciones de producción, construcción, procesamiento, comercio y consumo, sustentado en la constitucionalidad de las acciones de intervención estatal, para evitar abusos y la apropiación indebida del excedente de la cadena de valor.
A su vez, la ley 26.6991, modificatoria de la ley 20.680, suprimió las disposiciones cuestionadas sobre expropiación, intervención de empresas, suspensión de patentes y sanciones de arresto y prisión de la vieja Ley de Abastecimiento.
Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios. 
La creación del Observatorio, Ley 26.992, como organismo técnico y en el marco del artículo 42 de la CN, permite dar señales concretas en materia de expectativas de variación de precios y poder adquisitivo de los salarios, brindando valores de referencia transparentes, ciertos y previsibles de los distintos productos de consumo masivo, a la vez que permite avanzar en medidas que incrementan el grado de competitividad de cada cadena de valor a partir del mayor conocimiento de sus características propias y de los mecanismos de apropiación del excedente.
Obligatoriedad de la Sala de 4 años. 
 La ley sancionada modifica la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, propiciando la extensión de la escolaridad obligatoria a los niños/as de cuatro años de edad y la universalización de la sala de 3 de nivel inicial. Esta modificación legislativa es una nueva medida de justicia social.
 La primera infancia constituye una etapa decisiva en la que se forman las bases de la estructura física, psíquica, cognitiva y social de los/as niños/as. Durante este período se inicia el proceso de construcción de la identidad y de la subjetividad de las personas. Por lo tanto, la atención educativa e integral que brinden las familias y las instituciones en pos de ese potencial de desarrollo tiene una importancia clave para la vida de cada niño/a y para el futuro del país.
 Nuevo Código Civil y Comercial Unificado 
Otros de los logros de este año parlamentario y que merece una especial celebración fue la sanción de un nuevo Código Civil y Comercial aprobado por la ley 26.994. El texto sancionado toma como una de sus principales fuentes la labor legislativa producida por el Congreso en estos últimos 10 años, período en el cual se dio en nuestro país un proceso de desarrollo económico con inclusión social, que fue acompañado por la recuperación de derechos y por la conquista de otros nuevos. Entre las leyes que se incorporaron al Código podemos mencionar a la ley de matrimonio igualitario, la ley de protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes, la ley de identidad de género, la ley de muerte digna y la ley de salud mental, entre otras.
El proyecto de nuevo Código reconoce como fuente principal a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos, "constitucionalizando" el derecho privado. De este modo, se incorporan a la rama del derecho que regula las relaciones entre particulares todos los principios y estándares contenidos en la carta magna y en los instrumentos internacionales.
Los lineamientos rectores del nuevo Código son los principios de igualdad y no discriminación; el derecho a un propio plan de vida; la igualdad de género; la concepción de todo niño, niña y adolescente como sujeto de derecho; el reconocimiento de los derechos sociales; el derecho a la propiedad comunitaria de la tierra de los pueblos originarios; la protección de la vivienda; entre otros.
NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA NACIÓN 
La ley 27.063 aprueba el nuevo Código Procesal Penal de la Nación, sustituyendo al Código sancionado en el año 1991 de corte inquisitivo, altamente formalizado y escritural.
 El nuevo Código es un avance sustantivo sobre el diseño del proceso penal y refleja un cambio significativo dentro del diseño de persecución penal. En él se incorporan los principios de celeridad, oralidad, publicidad y desformalización de las actuaciones judiciales.
 En el tratamiento de los sujetos procesales, se sigue la línea de los modelos acusatorios. Los jueces tienen asignada la tarea de control de las garantías del procedimiento, mientras que los fiscales asumen la dirección de las investigaciones penales.
 Se amplían las facultades de las víctimas, a las que se le brindan herramientas de control sobre la actuación de los fiscales, sin la necesidad de que se constituya como parte querellante.

Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral Nº 26.940
Siguiendo con la tendencia de reducción del empleo informal de la última década la ley 26.940, sancionada en mayo del presente año, es un nuevo instrumento en la lucha contra el empleo no registrado, que fomenta el trabajo digno, garantiza el acceso a la representación sindical, a la salud y a la jubilación. Se implementará a través de dos tipos de herramientas esenciales, el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y los regímenes de promoción del empleo registrado que consisten en incentivos económicos a PyMES para la formalización de sus trabajadores. Esta Ley permitirá regularizar alrededor de 300 mil trabajadores no registrados reduciendo el empleo informal del 33,5% actual al 28% en dos años.
 Ley 26.961 de Inmunidad de los Activos de los Bancos Centrales Extranjeros ante los Tribunales Argentinos. 
La inmunidad soberana se presenta como un mecanismo de defensa que posee un Estado frente a cualquier acción legal interpuesta en su contra ante los tribunales de otro Estado, de tal modo que los tribunales de un país no puedan juzgar a otro Estado. La Ley sancionada en agosto de 2014 establece la inmunidad tanto de jurisdicción como de embargo de los activos de Bancos Centrales Extranjeros en los tribunales argentinos. La inmunidad mencionada será aplicable en la misma medida en que los activos del Banco Central de la República Argentina gocen de inmunidad conforme la legislación del país al cual pertenece el Banco Central extranjero o la autoridad monetaria extranjera que se trate.
 Ley 26.984 Pago Soberano y Reestructuración de Deuda 
Se sancionó en septiembre de 2014 como respuesta al bloqueo del pago de vencimientos de deuda impuesto por el Juez Griesa en el marco del litigio entre Argentina y los Fondos Buitre. El Gobierno Nacional ratifica así su capacidad y voluntad de pago a cuyo efecto se declara de interés público la reestructuración y pago de la Deuda Soberana de los años 2005 y 2010. Se establece, además, el cambio de Agente Fiduciario reemplazando al Banco de Nueva York, por Nación Fideicomisos SA para asegurar a los bonistas el cobro de los vencimientos de deuda, la posibilidad de cambio de legislación y jurisdicción de los bonos reestructurados y la oportunidad de cobro en igual condiciones a los acreedores que no reestructuraron sus deudas.
 Ley 27007 Modificaciones al régimen de la Ley de Hidrocarburos 29-oct-2014 
La Ley 27007 incorporo nuevos beneficios e ingresos directos para las Provincias , permitió otorgar un marco fiscal y legal previsible para maximizar las inversiones en hidrocarburos convencionales , no convencionales y obtener energía a precios competitivos.
Argentina necesita alcanzar el autoabastecimiento energético y está transitando decididamente ese camino, este proyecto que surgió del consenso con las Provincias integrantes del OFHEPI va en este sentido y representa un notable beneficio para todos los argentinos.
 Ley 26970: nueva moratoria previsional 
 La Ley 26970, segunda etapa del Plan de Inclusión Previsional , sancionada el 27 de Agosto por el Honorable Congreso de la Nación Argentina, permitió que Argentina sea el País con la tasa más alta de cobertura previsional en toda América Latina.
Esta ley viene a concluir con el objetivo inicial comenzado con la primera etapa del Plan iniciada en el año 2005 partiendo de un 57 % de cobertura previsional a lograr la universalización previsional en nuestro país.
 Ley 26.932 - Repsol 
 La Ley 26.932 sancionada en Abril de este año que ratifico el Convenio de Solución Amigable y Avenimiento de Expropiación entre la República Argentina y REPSOL, es el corolario de una negociación exitosa que puso fin a las causas judiciales, consolida la confianza en el País y abrió las puertas al flujo de inversiones que se necesitan para desarrollar un aspecto clave como es la actividad energética.
YPF es la principal empresa petrolera de Argentina y con su expropiación hemos recuperado un recurso estratégico para revertir el declino de la producción tanto de petróleo como de gas, sustituir importaciones, maximizar el valor de la compañía y alcanzar el autoabastecimiento energético.
 Expediente N° 9441-D-2014 Proyecto de ley creación Comisión Bicameral investigadora de instrumentos bancarios y financieros destinados a facilitar la evasión de tributos y la consecuente salida de divisas del país 
En sintonía con la política anti evasión y prevención de lavado de activos, la Comisión tendrá por objetivo investigar la apertura de cuentas bancarias en el extranjero que son encubiertas por los mismos agentes financieros para promover la evasión de impuestos y la salida de los capitales. El Proyecto fue motivado por un informe de AFIP en el que se dio a conocer la existencia de 4.040 cuentas no declaradas en Suiza que, entre 2006 y 2014, evadieron al menos 62 mil millones de pesos en impuestos. Esta cifra equivale a 2,5 veces el presupuesto destinado a AUH. Dicha Comisión permitirá, además, impulsar las modificaciones legislativas en materia bancaria, financiera y/o cambiaria que fueran pertinentes para eliminar este tipo de actividades.

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